Cuando venís al despacho a que os expliquemos los pormenores del procedimiento y conocernos en persona, llega un momento en el que os decimos que si estáis convencidos, solo y únicamente si estáis convencidos de que vais a tirar para adelante con la ley de Segunda Oportunidad, una de las primeras cosas que hay que hacer es DEJAR DE PAGAR todos los préstamos y tarjetas (a excepción de la Hipoteca o letra del coche en el caso de que tengamos o se pueda salvar la vivienda o el coche, ya que es requisito que dichos créditos estén al corriente de pago entre otras cuestiones para poder mantenerlos), si bien es cierto, que en muchas de las ocasiones ya hace tiempo que se dejaron de pagar ante la imposibilidad de hacerlo o simplemente ante elegir si comer y pagar suministros (luz, agua, gas, etc) o pagar las deudas.
DEJAR DE PAGAR os supone vértigo, un salto de fe tanto en el procedimiento y confiar plenamente en nosotros, además de asumir el comienzo de las 10 o 12 llamadas diarias de cada uno de los acreedores (de esto hablaremos en otro post), comenzar a recibir cartas amenazantes, la inclusión en ficheros de morosidad o incluso la recepción de alguna demanda judicial (también hablaremos de esto en otro post).
Pagar no tiene sentido, ya que en el caso de llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos, cosa poco probable ya que prácticamente ningún acreedor quiere alcanzarlo (prefiere no hacerlo para que no valga de ejemplo para el resto de clientes que tengan dificultades económicas), el acuerdo se extiende al reconocido oficialmente al mediador concursal y que quedaría reflejado en el acta de la junta de acreedores con el resultado de la quita acordada, así como el nuevo plazo de pago. Resultado de DEJAR DE PAGAR = Ninguno
Ya! ¿Pero y si no se llega a ningún acuerdo? Pues que nos vamos a la fase concursal o judicial en la que dichos créditos ordinarios (tarjetas, prestamos, financiación de servicios, etc) quedarán exonerados por sentencia judicial, por lo que cualquier importe que se pague es dinero tirado a la basura, que justamente teniendo en cuenta la situación viene de maravilla para otras cosas. Resultado de DEJAR DE PAGAR = Ninguno
Ya! ¿Pero y que ocurre si me ponen una demanda? La ley permite que si tienes una demanda o ejecución activa se paralice durante un periodo de dos meses una vez iniciadas las negociaciones en caso de ser personas naturales, así como la obligación de los acreedores a “abstenerse de realizar acto alguno dirigido a mejorar la situación en que se encuentren respecto al deudor”, es decir, teóricamente no podrían hacerlo, aunque en la práctica no es así. En este caso, es posible paralizar tanto en la fase de acuerdo extrajudicial de pagos como en la fase concursal cualquier tipo de embargo o ejecución, por lo que el resultado de DEJAR DE PAGAR = Ninguno
Así, que si acudes a un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad (siempre aconsejable que sea experto abogado en este procedimiento, otro día os comentaré cómo elegir al abogado idóneo) y te dice deja de pagar, HAZLO. Ojo como siempre os digo, solo y unicamente si estas plenamente convencido que vas a aplicar la ley de segunda oportunidad, en caso de que lo tengas que pensar, darle una vuelta o comentárselo a otra persona, sigue pagando los créditos (si puedes claro). También te aconsejo que no tardes en decidirte, es habitual encontrarse con personas que vienen a informarse y que no terminan de convencerse (por miedo, por vergüenza porque no se terminan de creer la ley, por que necesitan un tiempo para convencerse que es la solución o incluso por que buscan otras alternativas) que vuelven al despacho para iniciar el procedimiento al cabo de los meses y que al preguntarles por la situación actual, observamos que en ese periodo de tiempo han perdido unos recursos económicos importantes, que como he comentado es ¡DINERO TIRADO A LA BASURA!
#Ley2ªoportunidad #segundaoportunidad #quiebra #dacionenpago #deudasbancarias #stopdesahucios
Comentarios recientes